Sociedades y pymes

Pagos fraccionados IS 2026: Estrategia tras la STC 175/2024

Análisis experto sobre el nuevo sistema de pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades tras la STC 175/2024 y cómo reclamar los ingresos indebidos en 2026.

Respuesta rapida

Análisis experto sobre el nuevo sistema de pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades tras la STC 175/2024 y cómo reclamar los ingresos indebidos en 2026.

Materia
Sociedades y pymes
Extension
1448 palabras
Revision
26 de julio de 2026
Imagen de portada: Pagos fraccionados IS 2026: Estrategia tras la STC 175/2024

Respuesta corta: Las empresas con cifra de negocios superior a 6 millones de euros pueden reclamar la devolución de ingresos indebidos mediante la rectificación de los modelos 202. El derecho aplica a ejercicios no prescritos o sin firmeza administrativa afectados por la inconstitucionalidad del RDL 2/2016. La nueva regulación de 2026 dota de seguridad jurídica a la Modalidad B.

⚡ Lo esencial: La Sentencia del Tribunal Constitucional 175/2024 ha marcado un antes y un después en la fiscalidad corporativa española al declarar inconstitucional el sistema de pagos fraccionados reforzado para grandes empresas (RDL 2/2016). En 2026, nos encontramos con una normativa renovada mediante Ley Orgánica que subsana los defectos de forma, pero que abre una ventana crítica para reclamar ingresos indebidos de ejercicios no prescritos o no firmes. Si su cifra de negocios supera los 6 millones de euros, la revisión de sus modelos 202 es imperativa para optimizar la tesorería y recuperar excesos tributarios.

El contexto jurídico: ¿Por qué la STC 175/2024 cambia las reglas del juego?

La fiscalidad de las grandes empresas en España ha estado marcada durante casi una década por una precariedad normativa que finalmente ha estallado. La STC 175/2024 no cuestiona la capacidad del Estado para exigir pagos a cuenta, sino el instrumento normativo utilizado. El uso del Real Decreto-ley 2/2016 para modificar elementos esenciales del Impuesto sobre Sociedades (IS) vulneró el principio de reserva de ley (Art. 31.3 CE) y el deber de contribuir según la capacidad económica.

En términos técnicos, el Tribunal Constitucional determinó que un Decreto-ley no puede alterar la base de cálculo de una obligación tributaria de tal magnitud que afecte sustancialmente a la carga fiscal global del contribuyente. Esto afectó principalmente a la Modalidad B (Art. 40.3 LIS), que obligaba a las empresas con una cifra de negocios superior a 10 millones de euros a calcular sus pagos sobre el resultado contable del periodo, aplicando tipos incrementados y un pago mínimo del 23% (o 25% para entidades de tipo impositivo incrementado).

Las dos modalidades de pago fraccionado en 2026

Para entender el impacto de la reforma y la sentencia, debemos distinguir claramente entre los dos sistemas de cálculo que conviven en nuestra Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS):

Concepto Modalidad A (Art. 40.2 LIS) Modalidad B (Art. 40.3 LIS)
Base de cálculo Cuota íntegra del último periodo impositivo finalizado. Base imponible del periodo actual (3, 9 u 11 meses).
Porcentaje aplicado 18% fijo. Variable (17% en 2026) según el tipo de gravamen.
Obligatoriedad Pymes y empresas con CN < 6M€. Grandes empresas (CN > 6M€) y grupos fiscales.
Impacto STC 175/2024 No afectada. Plenamente afectada en sus elementos de 2016-2024.

La nueva regulación de 2026: Estabilidad legal

Tras el varapalo judicial, el legislador ha aprobado en 2026 una nueva norma con rango de Ley Orgánica para dar cobertura legal a la Modalidad B. Los aspectos clave que todo Director Financiero debe conocer son:

  • Mantenimiento de la Modalidad B: Se mantiene el cálculo sobre la base imponible del periodo para empresas con CN superior a 6.010.121,04 euros.
  • Tipos de cálculo: El porcentaje a aplicar sobre la base imponible se fija en el 17% (para empresas al tipo general del 25%).
  • El Pago Mínimo: Se restablece el pago mínimo para empresas con facturación superior a 20 millones de euros, pero esta vez con la validación parlamentaria necesaria para evitar nuevas impugnaciones. El mínimo se sitúa en el 23% del resultado contable positivo.
  • Grupos Consolidados: La normativa especifica que el pago mínimo se aplicará sobre el resultado consolidado, eliminando ciertas dudas sobre ajustes de consolidación que existían previamente.

¿Cómo afecta a las empresas medianas (6M€ - 10M€)?

Este segmento de empresas se encuentra en una situación híbrida. Aunque la obligatoriedad de la Modalidad B suele activarse a partir de los 6 millones de euros, las condiciones de "pago mínimo" suelen reservarse a estratos superiores. No obstante, en 2026 deben vigilar si la opción por la Modalidad B (ejercitable en febrero) les resulta más beneficiosa si prevén una caída de beneficios respecto al ejercicio anterior.

Procedimiento de reclamación de ingresos indebidos

La STC 175/2024 limitó los efectos de la sentencia, prohibiendo reclamar situaciones que ya fueran "firmes" (liquidadas y sin posibilidad de recurso). Sin embargo, existen miles de expedientes que pueden beneficiarse si cumplen ciertos requisitos.

Paso 1: Identificación de pagos afectados

Deben revisarse los modelos 202 de los ejercicios 2023, 2024 y 2025. Especialmente aquellos donde el pago mínimo del 23% obligó a ingresar cantidades muy superiores a las que resultarían de aplicar el 17% sobre la base imponible o el 18% sobre la cuota anterior.

Paso 2: Cálculo del perjuicio económico

No basta con citar la sentencia. Es necesario realizar una liquidación paralela. Se debe calcular qué importe habría correspondido pagar si los elementos declarados inconstitucionales no hubieran existido. La diferencia entre lo ingresado y este cálculo teórico es el importe de la reclamación.

Paso 3: Presentación de Rectificación de Autoliquidación

Se debe instar la rectificación de los modelos 202 ante la AEAT. Es vital hacerlo antes de que se presente la declaración anual del Impuesto de Sociedades (Modelo 200) del ejercicio correspondiente, ya que una vez presentada la declaración anual, el interés legítimo para rectificar el pago fraccionado se complica, aunque la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo ha abierto algunas puertas al respecto.

Ejemplo Práctico: Grupo Industrial con CN de 45M€

Consideremos una empresa con los siguientes datos para el ejercicio 2024 (antes de la regularización de 2026):

  • Resultado contable del periodo (enero-septiembre): 2.000.000 €
  • Base imponible real: 500.000 € (tras ajustes y compensación de BINs)
  • Pago fraccionado ingresado (octubre 2024) aplicando el pago mínimo del 23%: 460.000 €
  • Pago que habría correspondido sin el mínimo (17% de la BI): 85.000 €

Resultado: La empresa tiene un argumento sólido para reclamar la devolución de 375.000 €, alegando que el pago mínimo que se le impuso carecía de rango de ley suficiente según la STC 175/2024, siempre que la liquidación no sea firme.

Calendario Fiscal 2026: Fechas Clave para el Modelo 202

Es fundamental no perder de vista los plazos de presentación para evitar sanciones de entre el 50% y el 150% del importe dejado de ingresar:

Pago Periodo de Cálculo Fecha Límite de Presentación
Primer Pago (1P) Enero - Marzo 20 de abril
Segundo Pago (2P) Enero - Septiembre 20 de octubre
Tercer Pago (3P) Enero - Noviembre 20 de diciembre

Errores frecuentes en la gestión de pagos fraccionados

En nuestra práctica como asesores fiscales senior, detectamos recurrentemente los mismos fallos que generan inspecciones innecesarias:

  1. No computar correctamente las retenciones sufridas: Las retenciones e ingresos a cuenta soportados por la empresa durante el periodo deben restarse del pago fraccionado calculado. Olvidarlo supone un coste financiero directo.
  2. Uso incorrecto de las BINs: En la Modalidad B, la compensación de Bases Imponibles Negativas de ejercicios anteriores tiene límites (generalmente el 25%, 50% o 70% de la base imponible previa, dependiendo de la cifra de negocios). Aplicar el 100% es un error grave.
  3. Confusión de plazos en empresas con ejercicio partido: Las empresas cuyo ejercicio social no coincide con el año natural deben adaptar su calendario de pagos fraccionados, lo cual suele generar errores de cálculo en el 1P, 2P y 3P.
  4. No ejercer la opción por la Modalidad B en tiempo: Si una empresa de menos de 6M€ desea optar por la Modalidad B porque prevé pérdidas, debe hacerlo obligatoriamente durante el mes de febrero mediante el modelo 036.

Checklist de documentación para la revisión fiscal 2026

  • Balances de sumas y saldos cerrados a 31 de marzo, 30 de septiembre y 30 de noviembre.
  • Detalle de ajustes extracontables (amortizaciones, gastos no deducibles, etc.).
  • Certificados de retenciones bancarias y de clientes.
  • Copia de las autoliquidaciones del Modelo 202 de los últimos 4 años para verificar posibles prescripciones.
  • Acuerdos de consolidación fiscal si se pertenece a un grupo.

¿Su empresa se ha visto afectada por la Modalidad B?

El escenario post-STC 175/2024 es complejo pero lleno de oportunidades de recuperación de activos fiscales. En Taxea Strategies analizamos su situación específica, calculamos el impacto real y gestionamos la reclamación ante la Agencia Tributaria con un enfoque de éxito.

Consultar con un Asesor Fiscal Senior →

Artículos relacionados

  • cambios fiscales 2026-2027
  • Derechos del contribuyente en una inspección AEAT 2026: guía
  • Consulta vinculante DGT 2026: cómo presentarla y qué valor t
  • Seguridad Social Autónomos 2026: Cuotas, Tramos y Prestaciones
  • Cálculo y Fiscalidad del Despido Improcedente en 2026
  • Gestoría para empresas de pesca y acuicultura 2026: guía fiscal
  • Contratos Formativos 2026: Guía Fiscal y Laboral Estratégica
  • Gestión del Modelo 111 de Retenciones IRPF en 2026

¿Te ayudamos con tu caso?

¿Llevas tus plazos al día? Revisamos tu calendario fiscal sin improvisar.

Ver servicios y precios →

Fuentes oficiales para contrastar

Antes de aplicar una conclusion fiscal, contrasta fechas, modelos y requisitos con fuentes oficiales.

Siguiente paso

Valora el impacto antes de mover estructura societaria

Socios, administradores, grupos y operaciones especiales requieren criterio antes de documentar o presentar.