Fiscalidad

Novedades fiscales segundo semestre 2026: cambios aprobados y en tramitación

Guía actualizada con todos los cambios fiscales del segundo semestre 2026: RDL 2/2026, RDL 7/2026, Verifactu, cotizaciones RETA y novedades en IRPF, IS e IVA.

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Guía actualizada con todos los cambios fiscales del segundo semestre 2026: RDL 2/2026, RDL 7/2026, Verifactu, cotizaciones RETA y novedades en IRPF, IS e IVA.

Materia
Fiscalidad
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2622 palabras
Revisión
26 de julio de 2026

Respuesta corta: Las novedades para el segundo semestre de 2026 incluyen la prórroga de deducciones por eficiencia energética y vehículos eléctricos hasta el 31 de diciembre. El IVA reducido del 10% en energía finaliza el 30 de junio. Se mantiene la libertad de amortización en renovables para Sociedades y la cotización RETA según tramos de ingresos reales actualizados.

Lo esencial en 6 puntos

  • El RDL 2/2026 (BOE 4/02/2026) reintrodujo las medidas tributarias del derogado RDL 16/2025, incluyendo deducciones energéticas y libertad de amortización renovable.
  • El RDL 7/2026 (BOE 23/03/2026) reduce temporalmente el IVA en suministros de gas y electricidad al 10% hasta el 30 de junio de 2026.
  • Verifactu es obligatorio desde el 1 de enero de 2027 para grandes empresas y desde el 1 de julio de 2027 para el resto, según el RDL 15/2025.
  • Las cuotas RETA 2026 están en vigor con la tabla de tramos por ingresos reales actualizada en los Presupuestos de la Seguridad Social.
  • La deducción por eficiencia energética en viviendas y la deducción por vehículos eléctricos se prorrogan hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • En Impuesto de Sociedades, la libertad de amortización para inversiones en energías renovables se mantiene para ejercicios iniciados en 2025 y 2026.

Novedades fiscales segundo semestre 2026: cambios aprobados y en tramitación

El panorama fiscal español en 2026 ha estado marcado por una intensa actividad normativa en el primer semestre, con la aprobación de varios decretos-ley urgentes que han sustituido, reintroducido y ampliado medidas tributarias. A medida que avanzamos hacia el segundo semestre, es momento de hacer balance y entender qué está vigente, qué ha cambiado y qué está todavía pendiente de confirmación legislativa.

Esta guía está pensada para autónomos, pymes y asesores fiscales que necesitan tener una imagen clara del tablero normativo actual, sin tener que rastrear publicación tras publicación en el BOE.

Repasamos bloque a bloque: IRPF, IVA, Impuesto sobre Sociedades, cotizaciones de autónomos y obligaciones formales digitales. Con referencias normativas exactas para que puedas acudir a la fuente si lo necesitas.

El contexto político-legislativo: por qué tantos decretos-ley urgentes

Desde finales de 2025, el Gobierno ha utilizado de forma recurrente la figura del Real Decreto-ley para aprobar medidas fiscales con vigencia inmediata. Esta vía, justificada constitucionalmente por razones de extraordinaria y urgente necesidad, permite que las normas entren en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE sin necesidad de tramitación parlamentaria previa, aunque sí requieren convalidación posterior por el Congreso.

El problema es que el Congreso de los Diputados derogó el RDL 16/2025 (aprobado el 23 de diciembre de 2025) mediante resolución publicada en el BOE el 28 de enero de 2026. Esto generó un vacío temporal que obligó al Gobierno a aprobar el RDL 2/2026 (BOE 4 de febrero de 2026) para reintroducir las mismas medidas, con algunos ajustes en plazos.

Este ciclo de aprobación-derogación-reaprobación es importante conocerlo, porque afecta a la vigencia de determinadas opciones fiscales (renuncias a módulos, inscripción en SII, baja en REDEME) cuyos plazos se han modificado en varios momentos del año.

⚠️ Señal de alerta: Si tomaste alguna decisión fiscal entre el 28 de enero y el 4 de febrero de 2026 (período en que el RDL 16/2025 estaba derogado y el RDL 2/2026 aún no estaba publicado), conviene revisar si esa decisión tiene cobertura normativa bajo el nuevo decreto. En general, el RDL 2/2026 convalidó retroactivamente las actuaciones realizadas durante ese período.

Novedades en IRPF para el segundo semestre 2026

Estimación objetiva (módulos): límites prorrogados

Los límites cuantitativos para poder aplicar el método de estimación objetiva del IRPF en 2026 han sido prorrogados respecto a los vigentes en años anteriores. Esto afecta a actividades como la hostelería, el transporte de mercancías, la agricultura o determinados servicios artesanales.

Los límites aplicables para 2026 son:

Tipo de límiteImporte 2026
Volumen de rendimientos íntegros del conjunto de actividades económicas250.000 €
Volumen de operaciones para actividades agrícolas, ganaderas y forestales250.000 €
Volumen de compras en bienes y servicios (excluidas adquisiciones de inmovilizado)250.000 €

La renuncia al método de estimación objetiva para 2026 podía realizarse, como tarde, hasta el 16 de febrero de 2026, según el RDL 2/2026. Las renuncias presentadas en diciembre de 2025 o enero de 2026 se consideraron válidas.

Deducción por eficiencia energética en viviendas: prorrogada hasta diciembre 2026

Las tres modalidades de deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas —mejora de calefacción/refrigeración (hasta 20%), reducción del 30% de consumo de energía no renovable (hasta 40%) y rehabilitación energética de edificios (hasta 60%)— han sido prorrogadas hasta el 31 de diciembre de 2026 mediante el RDL 2/2026.

🔍 Criterio Taxea: Esta prórroga es especialmente relevante para propietarios que tenían obras planificadas y las habían aparcado ante la incertidumbre normativa de finales de 2025. Ahora tienen hasta el 31 de diciembre de 2026 para completarlas y aplicar la deducción. Si tienes comunidad de propietarios con obras en curso, verifica las fechas de emisión de certificados de eficiencia energética antes y después.

Deducción por vehículos eléctricos: también prorrogada

La deducción del 15% en IRPF por la adquisición de vehículos eléctricos enchufables (BEV), de hidrógeno (FCV/FCHV) o híbridos enchufables (PHEV/REEV) se prorroga igualmente hasta el 31 de diciembre de 2026. La base máxima de deducción es de 20.000 euros por vehículo.

Imputación de rentas inmobiliarias: nuevo criterio del 1,1%

Con efectos desde el 1 de enero de 2025 (y, por tanto, aplicables también a 2026), se ha establecido que el porcentaje del 1,1% para la imputación de rentas de inmuebles no arrendados se aplica cuando los valores catastrales hayan sido revisados mediante procedimiento de valoración colectiva general que haya entrado en vigor a partir del 1 de enero de 2012. Anteriormente, la aplicación del 1,1% requería que la revisión hubiera entrado en vigor en los últimos 10 años, lo que generaba inseguridad interpretativa.

Novedades en IVA para el segundo semestre 2026

RDL 7/2026: reducción temporal del IVA en gas y electricidad

El Real Decreto-ley 7/2026, publicado en el BOE el 23 de marzo de 2026, introduce una reducción temporal del tipo de IVA aplicable a los suministros de gas natural, electricidad y determinados combustibles de calefacción:

SuministroTipo hasta 30/06/2026Tipo general
Electricidad (contratos ≤ 10 kW o vulnerables)10%21%
Gas natural para uso doméstico10%21%
Calefacción por redes de distrito10%21%
Pellets, madera y similares para calefacción10%21%

Esta reducción afecta a las facturas emitidas hasta el 30 de junio de 2026. A partir del 1 de julio, salvo nueva prórroga, se volvería al 21%.

Verifactu: plazos definitivos tras el RDL 15/2025

El sistema Verifactu —que obliga a los contribuyentes a utilizar software de facturación que registre y certifique los datos de cada factura en tiempo real ante la AEAT— ha sufrido múltiples aplazamientos. Los plazos vigentes son:

  • 1 de enero de 2027: contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (grandes empresas y resto de obligados IS)
  • 1 de julio de 2027: resto de obligados tributarios, incluyendo autónomos y profesionales en IRPF
❌ Error frecuente: Confundir Verifactu con la obligación de factura electrónica B2B de la Ley "Crea y Crece". Son dos obligaciones distintas. La factura electrónica entre empresas (Ley 18/2022) tiene su propio calendario, que ya está en vigor para grandes empresas desde 2024. Verifactu es el sistema de registro ante la AEAT en tiempo real, y no es lo mismo que emitir una factura en formato XML.

SII y REDEME: plazos extraordinarios de renuncia

El RDL 2/2026 estableció un plazo extraordinario de baja en el SII (Suministro Inmediato de Información) y en el REDEME (Registro de Devolución Mensual del IVA) desde el 5 al 16 de febrero de 2026. Pasado ese plazo, cualquier modificación queda sujeta a los plazos ordinarios del mes de noviembre para el ejercicio siguiente.

Novedades en Impuesto sobre Sociedades para el segundo semestre 2026

Libertad de amortización para energías renovables: prorrogada

La libertad de amortización para inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables —regulada originalmente por la Ley de Residuos y Economía Circular— se prorroga para los ejercicios iniciados en 2025 y 2026 mediante el RDL 2/2026. Permite amortizar libremente (en un único ejercicio si se desea) el coste de instalaciones fotovoltaicas, térmicas solares, geotermia y otros activos similares afectos a la actividad económica.

Libertad de amortización para vehículos eléctricos

Las inversiones en vehículos FCV, FCHV, BEV, REEV o PHEV afectos a actividades económicas que entren en funcionamiento en ejercicios iniciados en 2024, 2025 o 2026 pueden ser amortizadas libremente. También las nuevas infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos instaladas en esos mismos ejercicios.

✅ Caso ejemplo (hipotético): Una empresa de reparto en Gran Canaria adquiere 3 furgonetas eléctricas en marzo de 2026 por un valor total de 120.000 euros. Al ser vehículos BEV afectos a la actividad y entrar en funcionamiento en el ejercicio 2026, puede amortizarlos íntegramente en ese mismo ejercicio, reduciendo su base imponible en 120.000 euros en el IS 2026. En ejercicios siguientes, la amortización sería cero por estos activos.

Suspensión de la causa de disolución por pérdidas 2020-2021: última prórroga

El RDL 2/2026 ha prorrogado por última vez (según el criterio del propio legislador) la suspensión de la causa de disolución por pérdidas para las pérdidas de los ejercicios 2020 y 2021. Esta suspensión deja de operar al cierre del ejercicio que se inicie en 2026. Esto significa que:

  • Si tu empresa acumuló pérdidas en 2020 y/o 2021, en la junta que apruebe las cuentas de 2026 tendrás que verificar si el patrimonio neto está por debajo de la mitad del capital social.
  • Si lo está, los administradores están obligados a convocar junta general para adoptar medidas (aumento de capital, reducción de pérdidas, disolución o concurso).
  • Ignorar este requisito puede generar responsabilidad personal de los administradores por deudas sociales posteriores.

Cotizaciones RETA 2026: tramos en vigor

El sistema de cotización por ingresos reales, plenamente operativo desde 2023, tiene los siguientes tramos de cuotas para 2026:

Tramo rendimientos netosCuota mínima/mesCuota máxima/mes
Hasta 670 €200 €260 €
671 € – 900 €250 €310 €
901 € – 1.166,70 €267 €327 €
1.166,70 € – 1.300 €291 €351 €
1.300 € – 1.500 €294 €354 €
1.500 € – 1.700 €294 €357 €
1.700 € – 1.850 €310 €370 €
1.850 € – 2.030 €313 €373 €
2.030 € – 2.330 €320 €380 €
2.330 € – 2.760 €330 €390 €
2.760 € – 3.190 €340 €400 €
Más de 3.190 €350 €530 €

Los rendimientos se calculan como ingresos menos gastos deducibles, con una reducción del 7% por gastos de difícil justificación para autónomos en estimación directa (o del 3% si tienen trabajadores). La regularización final se produce en la declaración de la Renta del ejercicio.

Checklist: qué revisar antes del 31 de julio de 2026

  • Verificar si el tipo de IVA reducido en gas/electricidad aplica a tus facturas de suministros hasta el 30 de junio.
  • Comprobar si tienes obras de eficiencia energética finalizadas antes del 31 de diciembre para aplicar la deducción en IRPF.
  • Revisar si adquiriste vehículo eléctrico afecto a la actividad en 2026 y preparar la amortización libre en el IS.
  • Verificar que tu software de facturación está en proceso de adaptación a Verifactu (obligatorio desde enero o julio de 2027).
  • Si tu empresa tuvo pérdidas en 2020-2021, analizar la situación del patrimonio neto para las cuentas de 2026.
  • Comprobar que la cuota RETA que estás pagando está correctamente calculada sobre tus rendimientos netos previstos 2026.
  • Revisar si modificaste la opción de módulos (estimación objetiva) y si el plazo de renuncia fue respetado.

Errores frecuentes

❌ Error 1: Asumir que el RDL 16/2025 sigue vigente. Fue derogado por el Congreso el 27 de enero de 2026. Las medidas que lo sustituyen están en el RDL 2/2026 (con algunas diferencias en plazos).
❌ Error 2: Creer que Verifactu ya es obligatorio. No lo es hasta 2027. Los plazos se aplazaron por el RDL 15/2025. Pero prepararse con tiempo es una ventaja competitiva.
❌ Error 3: No revisar la causa de disolución por pérdidas 2020-2021 al preparar las cuentas de 2026. La suspensión vence en el ejercicio 2026 y no habrá nuevas prórrogas.
❌ Error 4: Confundir la deducción por vehículo eléctrico en IRPF (uso particular) con la libertad de amortización en IS (uso empresarial). Son medidas distintas con requisitos diferentes.

Preguntas frecuentes

¿El RDL 7/2026 que reduce el IVA de la electricidad al 10% sigue en vigor en julio de 2026?
La reducción está prevista hasta el 30 de junio de 2026. A partir del 1 de julio, salvo nueva prórroga (que habría que publicar en el BOE), el tipo volvería al 21%. Conviene estar pendiente del BOE en junio.

¿Puedo todavía renunciar a módulos de IRPF para 2026?
No. El plazo ordinario es noviembre del año anterior. El plazo extraordinario del RDL 2/2026 (5 al 16 de febrero de 2026) ya ha caducado. Para 2027, el plazo de renuncia será noviembre de 2026.

¿Cuándo será obligatorio Verifactu para mi negocio como autónomo?
El 1 de julio de 2027. Hasta entonces, es voluntario. Pero si tu software de facturación se adapta antes, puedes empezar a usarlo de forma anticipada.

¿Las deducciones por eficiencia energética en viviendas aplican también a locales comerciales?
No. Las deducciones de los artículos 92 bis y 92 ter de la LIRPF se aplican exclusivamente a viviendas. Para locales afectos a actividades económicas, el mecanismo es la amortización acelerada o la libertad de amortización en IS, no estas deducciones específicas.

¿Cómo calculo correctamente los rendimientos para el RETA 2026?
Los rendimientos netos son ingresos totales menos gastos deducibles, más la cuota de autónomos pagada en el año. Sobre ese importe se aplica la reducción del 7% (estimación directa sin empleados). El resultado te sitúa en uno de los tramos de la tabla RETA. Si durante el año compruebas que tu previsión inicial era incorrecta, puedes cambiar la base de cotización hasta 6 veces al año.

Conclusión

El segundo semestre de 2026 arranca con un marco fiscal más estable que el primero, donde la danza de decretos-ley urgentes generó incertidumbre sobre qué norma estaba en vigor en cada momento. Ahora el panorama está más claro, aunque hay varias fechas clave que no conviene perder de vista: el 30 de junio (fin del IVA reducido en suministros), el cierre del ejercicio (causa de disolución) y el 31 de diciembre (deducciones energéticas).

Para autónomos en régimen de módulos, la próxima decisión importante es noviembre de 2026, cuando se abra el plazo de renuncia para 2027. Para quienes usan software de facturación, la adaptación a Verifactu debería empezar a planificarse este semestre, aunque la obligación no llegue hasta 2027.

Si tienes dudas sobre cómo afectan estas medidas a tu situación concreta, en Taxea podemos revisarlo contigo. La normativa fiscal de 2026 tiene muchas aristas y no todas aplican igual a cada negocio.


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Última revisión: 16/06/2026 — Alexis Expósito, Taxea Strategies

Fuentes: RDL 2/2026 (BOE 04/02/2026) | RDL 7/2026 (BOE 23/03/2026) | RDL 15/2025 (BOE 12/12/2025) | AEAT sede electrónica | Garrigues análisis RDL 2/2026 | Cuatrecasas nota RDL 2/2026

Esta guía tiene carácter informativo y está actualizada a junio de 2026. La normativa fiscal puede modificarse en cualquier momento. Consulta siempre con un asesor antes de tomar decisiones fiscales relevantes.

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