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Guía Modelo 721: Declaración de Criptomonedas en el Extranjero

Aprende cómo declarar tus criptomonedas en el extranjero con el Modelo 721. Descubre umbrales de 50.000€, plazos legales, sanciones y consejos de expertos.

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Aprende cómo declarar tus criptomonedas en el extranjero con el Modelo 721. Descubre umbrales de 50.000€, plazos legales, sanciones y consejos de expertos.

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Modelos tributarios
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26 de julio de 2026
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⚡ Lo esencial — Modelo 721 criptomonedas
  • Obligatoriedad: Solo si el valor total de tus criptoactivos en el extranjero supera los 50.000 € a 31 de diciembre.
  • Plazo legal: Presentación telemática entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada ejercicio.
  • Ámbito: Afecta a activos en exchanges custodios extranjeros (Binance, Kraken, Coinbase, etc.).
  • Exclusiones: Las 'wallets' frías o de autocustodia (Ledger, Trezor, Metamask) generalmente no se declaran en este modelo.
  • Sanciones: Multas de hasta 300 € por dato omitido, con mínimos de 3.000 € a 20.000 € según la gravedad.
  • Naturaleza: Es un modelo informativo; no implica el pago de impuestos, pero cruza datos con el IRPF y Patrimonio.

1. Introducción: El nuevo horizonte fiscal de las criptomonedas en España

La fiscalidad de los activos digitales en España ha experimentado una transformación radical en los últimos años. Con la entrada en vigor de la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, la Agencia Tributaria (AEAT) obtuvo las herramientas legales para exigir una transparencia total sobre los activos situados fuera de nuestras fronteras. Fruto de este desarrollo normativo nace el Modelo 721, una declaración informativa anual específica para las monedas virtuales situadas en el extranjero.

Como asesores fiscales en Taxea Strategies, observamos que existe una confusión generalizada entre el antiguo Modelo 720 y este nuevo requerimiento. Es fundamental entender que el Modelo 721 no es un impuesto en sí mismo, sino una obligación de 'informar'. Sin embargo, su incumplimiento puede derivar en consecuencias severas, no solo por las sanciones propias del modelo, sino por la visibilidad que otorga a Hacienda sobre el incremento patrimonial del contribuyente.

2. ¿Qué es el Modelo 721 y cuál es su base legal?

El Modelo 721 es la 'Declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero'. Fue aprobado formalmente mediante la Orden HFP/1355/2023, de 15 de diciembre, tras el mandato establecido en el Real Decreto 249/2023. Su objetivo principal es que la Administración Tributaria conozca la tenencia de criptoactivos por parte de residentes españoles cuando estos son custodiados por entidades que no operan bajo jurisdicción española directa.

La clave: La custodia por terceros

La normativa especifica que la obligación surge cuando las monedas virtuales están salvaguardadas por personas o entidades que prestan servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir dichas monedas. Esto sitúa el foco sobre los exchanges centralizados (CEX).

3. ¿Quién está obligado a presentar el Modelo 721?

Están obligados a presentar esta declaración todas las personas físicas y jurídicas residentes en territorio español, así como los establecimientos permanentes en España de personas o entidades no residentes. Esto incluye:

  • Titulares de las cuentas de criptomonedas.
  • Autorizados o beneficiarios de dichas cuentas.
  • Personas con poderes de disposición sobre los activos, aunque no sean los titulares legales.

El umbral de los 50.000 euros

La obligación no es universal. Solo deberás presentar el Modelo 721 si la suma del valor de todas tus criptomonedas en el extranjero supera los 50.000 euros a fecha de 31 de diciembre. Si el año anterior ya presentaste el modelo, solo tendrás que volver a hacerlo si el valor global de tus criptoactivos ha aumentado en más de 20.000 euros respecto a la última declaración presentada.

4. Diferencias entre el Modelo 720 y el Modelo 721

Es común la duda sobre si las criptomonedas deben ir en el 720. La respuesta corta es no. Desde la reforma de 2023, las criptomonedas tienen su propio 'cajón' informativo en el 721. A continuación, presentamos una tabla comparativa para clarificar los conceptos:

CriterioModelo 720Modelo 721
Tipo de ActivoCuentas bancarias, valores, inmuebles.Monedas virtuales (Criptomonedas).
Umbral de declaración50.000 € por bloque de activos.50.000 € globales en cripto.
CustodiaBancos o entidades financieras externas.Exchanges/Plataformas de custodia.
Plazo1 enero - 31 marzo.1 enero - 31 marzo.
FinalidadInformativa sobre bienes en el extranjero.Informativa sobre criptoactivos externos.

5. El caso de las Wallets Frías (Ledger, Trezor) y DEX

Este es uno de los puntos más debatidos. Según la redacción actual de la norma, la obligación de declarar en el Modelo 721 recae sobre los activos custodiados por terceras entidades. Si tú posees tus propias claves privadas en un dispositivo físico (cold wallet) o utilizas una wallet de software sin custodia (como Metamask), técnicamente no hay un proveedor de servicios en el extranjero 'salvaguardando' tus claves; las salvaguardas tú.

Importante: Aunque no se declaren en el 721 por falta de custodia externa, estas criptomonedas deben declararse en el Impuesto sobre el Patrimonio y en el Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas si se alcanzan los mínimos exentos, ya que son activos que forman parte de tu riqueza neta independientemente de dónde se ubiquen las claves.

6. Valoración y datos a incluir en el modelo

Para cumplimentar el Modelo 721, necesitarás recopilar la siguiente información de cada exchange extranjero:

  • Identificación de la entidad: Nombre o razón social, NIF (si dispone), domicilio y sitio web.
  • Identificación del activo: Nombre del token o moneda y siglas.
  • Valoración: Saldo a 31 de diciembre expresado en euros. Para el cambio, se utilizará la cotización oficial a esa fecha proporcionada por el propio exchange o, en su defecto, por plataformas de referencia (CoinMarketCap, etc.).
  • Número de unidades: Cantidad exacta de cada criptomoneda a cierre de año.

7. Caso Práctico: El inversor diversificado

Imaginemos a un contribuyente residente en Madrid con la siguiente cartera al cierre del año:

  • 20.000 € en Bitcoin en Binance (Exchange extranjero).
  • 35.000 € en Ethereum en Kraken (Exchange extranjero).
  • 10.000 € en Solana en Bit2Me (Exchange español).
  • 5.000 € en un Ledger personal.

Análisis: El valor en exchanges extranjeros suma 55.000 € (Binance + Kraken). Al superar los 50.000 €, está obligado a presentar el Modelo 721 informando de sus saldos en Binance y Kraken. Los activos en Bit2Me no se declaran en el 721 (porque el exchange español ya informa a Hacienda mediante los modelos 172 y 173). El saldo del Ledger tampoco se incluye en el 721 por ser autocustodia.

8. Sanciones por incumplimiento

Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que tumbó las sanciones desproporcionadas del Modelo 720, el régimen sancionador del 721 se ha ajustado a la legalidad general tributaria, pero sigue siendo gravoso:

  • Falta de presentación: Multa pecuniaria fija de 20 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma moneda virtual, con un mínimo de 300 euros.
  • Presentación incorrecta o incompleta: Las sanciones pueden elevarse significativamente si Hacienda detecta ocultación dolosa, pudiendo alcanzar los 20.000 euros en casos de entidades jurídicas o falta de respuesta a requerimientos.
  • Extemporaneidad: Si presentas el modelo fuera de plazo sin requerimiento previo, la sanción se reduce a la mitad.

9. Fuentes y normativa revisada

Para la elaboración de esta guía técnica, hemos consultado las siguientes fuentes oficiales actualizadas:

  • Ley 11/2021: Medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal (BOE).
  • Real Decreto 249/2023: Modificación del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria.
  • Orden HFP/1355/2023: Aprobación del modelo 721 y condiciones de presentación.
  • Consultas Vinculantes de la DGT: Referentes a la ubicación de los activos digitales y la naturaleza de la custodia.

10. Conclusión

El Modelo 721 es una pieza fundamental en el puzzle de la fiscalidad cripto en España. Su correcta presentación no solo evita sanciones, sino que previene discrepancias en futuras revisiones del IRPF. Dado que la trazabilidad en la blockchain es pública y permanente, Hacienda dispone de cada vez más medios para detectar omisiones. Desde Taxea Strategies, recomendamos realizar una auditoría de saldos en enero para preparar la declaración con rigor técnico.

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Fuentes oficiales para contrastar

Antes de aplicar una conclusion fiscal, contrasta fechas, modelos y requisitos con fuentes oficiales.

Siguiente paso

Evita presentar un modelo con criterio incompleto

Los modelos no son solo casillas: fechas, actividad, regimen y documentacion cambian el resultado.