¿Tu negocio publica textos con IA para informar al público y da por hecho que alguien ya los revisó? Desde el 2 de agosto de 2026 se aplica el artículo 50 del Reglamento de IA, según la Comisión Europea. Para el supuesto de textos sobre asuntos de interés público, comprueba qué revisión o control editorial hubo y quién asume la responsabilidad de publicar. Tener el borrador terminado no demuestra esas condiciones. Si no puedes acreditarlas, no presentes el contenido como revisado por una persona ni des por cumplida la excepción de divulgación.
Identifica el texto y su finalidad antes de elegir una etiqueta
Esta revisión se refiere a texto generado o manipulado con IA que se publica para informar al público sobre asuntos de interés público. No todos los usos de una herramienta encajan en el mismo supuesto: una nota interna, un anuncio comercial y una explicación destinada al público merecen analizar su finalidad concreta.
Escribe qué se va a publicar, a quién se dirige y qué papel tuvo la IA. Conserva la versión que estás valorando. Una decisión sobre un borrador no describe necesariamente otro texto al que después se han añadido datos o recomendaciones.
El artículo 50.4 contempla divulgar el origen artificial de los textos comprendidos en ese supuesto y recoge condiciones para su excepción por revisión humana o control editorial y responsabilidad editorial. También contempla un supuesto de uso autorizado por ley para fines penales, ajeno a esta guía de trabajo de un negocio.
Comprueba las dos condiciones sin confundir sus papeles
Para la excepción que estamos revisando, el artículo 50.4 combina un proceso de revisión humana o de control editorial con la responsabilidad editorial de una persona física o jurídica por la publicación. Anotar el nombre del negocio no demuestra por sí solo qué control se ejerció sobre el texto.
| Pregunta | Qué conviene dejar comprobado |
|---|---|
| ¿Qué revisión humana o control editorial recibió esta versión? | Quién intervino, qué comprobó y qué cambios o decisión resultaron |
| ¿Quién tiene la responsabilidad editorial de publicarla? | La persona o entidad que la asume y su relación con esa publicación |
| ¿El texto final sigue siendo el que se examinó? | La versión aprobada y los cambios posteriores pendientes de revisar |
La tabla es una propuesta para ordenar pruebas, no un formulario oficial ni una certificación de cumplimiento. Si no sabes responder una pregunta, deja esa condición pendiente en lugar de completar el registro con una intervención que no ocurrió.
Puedes revisar con Alexis cómo documentas el texto antes de publicarlo cuando tu contenido explique cuestiones fiscales o de gestión del negocio.
Un nombre al pie no explica quién comprobó la información
En este supuesto ilustrativo, un negocio prepara con IA una explicación pública sobre una ayuda y añade el nombre de su responsable al pie, aunque esa persona todavía no ha leído la versión final.
El nombre identifica a alguien, pero no permite afirmar que examinó las fechas, los requisitos o los enlaces. El equipo conserva el borrador y señala que la intervención de esa persona sigue pendiente.
Antes de anunciar una revisión, concreta quién puede comprobar la información y decidir si el texto continúa, se modifica o se rechaza. Si se realiza esa intervención, conserva qué versión recibió y cuál fue su resultado.
La salida del ejemplo es una publicación pendiente de decisión con su revisión sin acreditar; no una ficha completada para hacer parecer que alguien ya comprobó el contenido.
Este caso no decide automáticamente que la publicación esté comprendida en el artículo 50.4. Primero debe comprobarse su finalidad y su encaje. Lo que muestra es por qué atribuir una revisión inexistente no ayuda a justificar ninguna excepción.
Relaciona cada cambio con la versión que sale al público
Si después del control se cambia una condición de la ayuda, se incorpora una cifra o se sustituye un enlace, señala el cambio antes de publicar. La prueba anterior puede explicar el trabajo realizado, pero no debe utilizarse para atribuir comprobaciones sobre añadidos que nadie examinó.
Un registro breve puede unir el archivo revisado, la intervención efectuada, la decisión y el texto final. No necesitas escribir que se verificó todo si solo se revisaron algunos apartados. Describe el alcance real y deja a la vista lo que sigue pendiente.
Cuando corresponda divulgar que el texto procede de IA, el artículo 50.5 exige información clara y distinguible, a más tardar en la primera exposición. Valora cómo la verá quien acceda al contenido; guardar una nota interna no es lo mismo que facilitar esa información al público.
Resuelve esta publicación antes de extender la decisión al resto
La comprobación debe conservar su relación con el texto concreto. Una revisión real de ayer no acredita una revisión de otro artículo de hoy. Tampoco la participación en una herramienta o código convierte automáticamente cualquier contenido del negocio en revisado.
Para los controles generales de una publicación tienes la guía de IA y contenidos en redes sociales. Aquí la decisión es más concreta: qué prueba sostiene la revisión o el control y quién asume la responsabilidad editorial.
En la organización del negocio como autónomo o sociedad también conviene definir quién puede aprobar lo que se difunde. Si falta esa decisión, puedes preparar con Alexis el registro de revisión de tu contenido fiscal sin atribuir intervenciones que no se hayan realizado.
Fuentes oficiales
Reglamento de IA: artículo 50. Comisión Europea: obligaciones de transparencia y fecha de aplicación.


