IVA y facturación

Armarios de cocina: venderlos e instalarlos no basta para aplicar el IVA reducido

Qué comprobar al vender e instalar armarios de cocina: objeto de la entrega, vivienda, contrato directo con promotor y diferencia frente a venta sin instalación.

En pocas palabras

Qué comprobar al vender e instalar armarios de cocina: objeto de la entrega, vivienda, contrato directo con promotor y diferencia frente a venta sin instalación.

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IVA y facturación
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1 de noviembre de 2026
Imagen de portada: Armarios de cocina: venderlos e instalarlos no basta para aplicar el IVA reducido


Un instalador prepara un presupuesto de armarios de cocina que incluye el montaje. ¿Puede aplicar el IVA reducido por ese solo hecho? Debe revisar también la edificación y la relación contractual. La Ley del IVA contempla las ventas con instalación de armarios de cocina y baño y armarios empotrados realizadas mediante contratos directamente formalizados con el promotor de la construcción o rehabilitación.

La pregunta no se resuelve añadiendo la palabra «instalación» a la factura. Identifica qué vendes, en qué edificio se coloca y quién contrata el encargo antes de confirmar el precio con impuestos.

La regla reúne instalación, edificación y contrato

La regla remite a edificaciones destinadas principalmente a viviendas, en los términos del número anterior del artículo. La ley considera destinadas principalmente a viviendas las edificaciones en las que al menos el 50 por ciento de la superficie construida tiene ese uso.

La AEAT incluye estas ventas con instalación y contrato directo dentro de las operaciones al tipo reducido del 10 por ciento. Para comprobar el supuesto necesitas relacionar el encargo de los armarios con la construcción o rehabilitación a la que corresponde, sin dar por acreditada esa naturaleza porque el presupuesto diga «cocina nueva».

Conserva la identificación de la edificación y la documentación que permite revisar el papel de quien contrata. Si no sabes a qué actuación se refiere el pedido, aclara ese punto antes de copiar el tipo utilizado en otro trabajo.

La venta sin instalación tiene una respuesta distinta

La AEAT sitúa la entrega sin instalación de muebles de cocina, entre otros bienes destinados a obras, al tipo general del 21 por ciento. Por tanto, vender un producto que después se utilizará en una vivienda no equivale a realizar la venta con instalación que describe esta regla.

Dos encargos de muebles que no se revisan solo por el producto
Encargo Dato que cambia la revisión Comprobación
Venta con instalación Instalación comprendida y relación con la construcción o rehabilitación Edificación y contrato directo con su promotor
Entrega sin instalación Se venden los bienes sin realizar ese montaje La AEAT la sitúa al tipo general
Presupuesto que no aclara el montaje Alcance todavía incompleto Concretar lo contratado antes de decidir el tipo

Comprueba qué incluye la propuesta aceptada y quién se compromete a ejecutar el montaje. No añadas una instalación ficticia al documento para presentar la operación como si fuera otra.

Una palabra en el presupuesto no identifica al promotor

El contrato debe permitir reconocer la relación directa con el promotor de la construcción o rehabilitación. El nombre de quien paga una transferencia no explica por sí solo esa relación ni la naturaleza de la obra en la que se instalarán los armarios.

Relaciona pedido, aceptación y documentación de la actuación. Si intervienen varias empresas, aclara quién ha contratado tu venta con instalación. No presupongas que todas las operaciones de una cadena tienen la misma relación contractual porque los muebles terminan en el mismo edificio.

Consulta con Alexis quién contrata los armarios y qué instalación incluye el encargo. Esa información permite acotar la revisión sin decidir por una descripción comercial incompleta.

Un instalador contrasta dos encargos de armarios

Supuesto ilustrativo: una empresa prepara dos pedidos del mismo modelo de armario. En el primero vende e instala los muebles mediante contrato directo con el promotor de una construcción que cumple las condiciones de la regla. En el segundo únicamente entrega los armarios, sin instalación.

La empresa separa las operaciones. Para el primer pedido comprueba los requisitos de la venta con instalación y su relación con la edificación; el supuesto los da por cumplidos para explicar la diferencia. Para la entrega sin instalación utiliza la respuesta expresa de la AEAT al tipo general. Que el modelo de armario sea idéntico no hace idénticas las operaciones.

El resultado es una revisión por encargo, apoyada en instalación y contrato, en lugar de aplicar un tipo único al catálogo de muebles. No se describe un pedido real ni se confirma la condición de promotor de una persona concreta. Si esa condición o la naturaleza de la obra siguen dudosas, el tipo queda pendiente de revisión.

Relaciona factura y encargo antes de decidir el tipo

La descripción final debe corresponder a lo aceptado y realizado. Presupuesto, pedido y factura deberían permitir reconocer qué muebles se vendieron y qué instalación se asumió. Una referencia genérica a una vivienda no sustituye los datos del contrato.

Si el trabajo pertenece a otra renovación, la regla de IVA de renovación y reparación de viviendas tiene sus propias condiciones. No traslades sin más la respuesta de una construcción o rehabilitación a cualquier reforma doméstica.

La guía de IVA repercutido y soportado de la actividad ayuda a situar la factura y las compras. Para este presupuesto, revisa con Alexis contrato, edificación y factura antes de confirmar el IVA de los armarios.

Fuentes oficiales

Ley del IVA, artículo 91.Uno.3.1 y 2, para las condiciones de esta regla. AEAT: obras de construcción o rehabilitación, para ventas con instalación y entregas sin ella. El contenido se centra en ese supuesto; no determina la naturaleza técnica de una obra particular.

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Alexis Expósito Acosta

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Alexis Expósito Acosta

Founder y partner de Taxea Strategies

Profesional de fiscalidad, contabilidad y control financiero. Dirige Taxea Strategies y su enfoque editorial para convertir obligaciones complejas en decisiones comprensibles para autónomos y empresas.

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