En una venta de coche entre particulares hay un plazo para el vendedor y otro para el comprador. ¿Habéis acordado entre familiares que «alguien se encarga»? Repartid la notificación de la transmisión, la solicitud del permiso del adquirente y la comprobación del resultado. El parentesco no acredita que esos pasos ya estén hechos. Aquí tratamos una compraventa ordinaria, sin impedimentos registrales que necesiten una revisión particular.
El vendedor comunica la transmisión
El artículo 32 del Reglamento General de Vehículos establece para el transmitente un plazo de diez días desde la transmisión para notificarla. Es una gestión que conviene identificar al organizar la venta, aunque el comprador sea una persona cercana que ya utiliza el coche.
Relaciona la comunicación con el contrato, las identidades de las partes y la fecha de transmisión. Conserva el justificante de lo que efectivamente presentes. Entregar al comprador una copia del contrato o las llaves no es la prueba de esa comunicación a Tráfico.
Si otra persona hace la gestión, acordad qué se ha encargado y cómo se acreditará su realización. Pedir una cita o solicitar información puede ser necesario para tramitarla, pero no permite marcar la notificación como presentada sin su justificante.
El comprador solicita la renovación del permiso
El adquirente debe solicitar la renovación del permiso dentro de treinta días desde la adquisición. Esa solicitud se refiere al permiso a su nombre y tiene que distinguirse de la comunicación que prepara el vendedor.
El comprador reúne la documentación que corresponda y comprueba la identificación del vehículo. Si necesita que un representante actúe por él, concreta también ese encargo y la acreditación que exige el trámite. No supongáis que un justificante emitido para una persona resuelve cualquier actuación de la otra.
Antes de circular mientras se gestiona el cambio, consulta a Tráfico qué documentación te habilita en tu situación. Esta distribución de tareas no es una autorización para utilizar el coche ni sustituye la comprobación del permiso y de las demás condiciones aplicables.
Si lo tramitáis juntos, conservad el resultado de ambos pasos
El apartado 5 contempla que vendedor y comprador dirijan sus solicitudes de forma conjunta con la documentación preceptiva. Por tanto, repartir responsabilidades no significa que tengáis que preparar dos recorridos separados si utilizáis la vía conjunta correspondiente.
Antes de entregar documentos, confirmad qué incluye la gestión que estáis realizando. Si recurrís a una gestoría, pedid que concrete el alcance del encargo y qué justificantes os facilitará. Una conversación sobre «cambiar el coche» puede dejar sin aclarar qué actuaciones se han solicitado.
| Quién interviene | Actuación | Plazo o comprobación |
|---|---|---|
| Transmitente | Notificación de la transmisión | Diez días desde la transmisión |
| Adquirente | Solicitud de renovación del permiso | Treinta días desde la adquisición |
| Ambas partes en la vía conjunta | Solicitudes y documentación preceptiva | Conservar presentación y comprobar el permiso expedido |
Si solo localizáis uno de los justificantes, Consulta con Alexis qué gestión falta en la venta del coche a tu familiar. Describe qué se ha presentado y qué documento habéis recibido.
Un «ya me encargo» deja dos tareas sin confirmar
Imagina una venta de un turismo entre dos hermanos. Es un caso hipotético. El comprador ha reunido sus documentos y el vendedor cree que, como han acordado hacerlo juntos, no necesita saber qué se ha presentado ni conservar un justificante propio.
Ambos revisan el alcance del encargo y los documentos de presentación. Identifican la transmisión que se comunica y la solicitud del permiso, en lugar de dar por terminadas las gestiones por la confianza entre ellos. Si hay una actuación pendiente, la localizan dentro del plazo que le corresponde.
Después comprueban el resultado recibido y a nombre de quién se expide el permiso. El ejemplo no confirma que una solicitud real haya sido aceptada; muestra qué información necesitan compartir para no confundir preparación, presentación y expedición.
Comprueba el nuevo permiso y separa el expediente fiscal
La Jefatura realiza el cambio registral y expide el nuevo permiso a nombre del adquirente en los términos del artículo 32. Cuando recibas el documento, contrasta titular e identificación del vehículo con la compraventa que has realizado.
Los documentos fiscales que correspondan a la operación también necesitan su comprobación. La fecha de una gestión en Tráfico no fija por sí sola el calendario de todos los impuestos. No se calculan aquí cuotas ni se afirman reducciones por vender a un familiar.
Para separar presentación y resultado de un trámite, conserva contrato, justificantes y permiso sin mezclar sus funciones. Ordena con Alexis los justificantes de la venta y el nuevo permiso del comprador.
Fuentes oficiales
Reglamento General de Vehículos, artículo 32. El reparto descrito no cubre donaciones, sucesiones, ventas profesionales o incidencias registrales que requieran un análisis diferente.


