¿Un proyecto nuevo para tu empresa es necesariamente I+D? No. La diferencia entre I+D e innovación tecnológica se analiza por la actividad y el avance científico o tecnológico, no por la novedad comercial del nombre ni por el presupuesto invertido.
Describe qué existía al comienzo, qué se intentó resolver, qué tareas se realizaron y qué muestran sus resultados. Después contrasta cada parte con el artículo 35 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Una misma iniciativa puede incluir trabajo incentivado y trabajo ordinario que necesita separarse.
Explica el punto de partida sin convertirlo en un eslogan
Identifica las soluciones disponibles y la limitación concreta que el equipo trataba de superar. Describe el problema con información que permita entenderlo; decir que la empresa quería digitalizarse no explica por sí solo el avance técnico.
Separa la necesidad del cliente del reto de desarrollo. Adaptar un producto a sus preferencias puede ser comercialmente valioso, pero necesita un análisis distinto de la generación de conocimiento o de una mejora tecnológica sustancial.
Conserva los documentos utilizados para comparar alternativas. Una presentación redactada al cierre puede resumirlos, pero no debe atribuir al inicio conclusiones que solo se conocieron después.
Contrasta el trabajo con las definiciones legales
El artículo 35.1.a define investigación como indagación original planificada dirigida a nuevos conocimientos y desarrollo como aplicación de conocimientos para nuevos materiales, productos, procesos o mejoras tecnológicas sustanciales, con su alcance legal.
El artículo 35.2.a se refiere a innovación tecnológica cuyo resultado sea un avance tecnológico en nuevos productos o procesos de producción o mejoras sustanciales de los existentes.
Estas definiciones necesitan examinar la actividad completa. La presencia de software, un laboratorio o un prototipo no resuelve por sí sola la calificación. Tampoco basta con que el equipo utilice una tecnología que antes no empleaba.
Separa mejoras sustanciales de tareas rutinarias
El artículo 35.3 excluye determinadas actuaciones sin novedad científica o tecnológica significativa, incluidas mejoras rutinarias, adaptaciones a requisitos específicos de un cliente y modificaciones estéticas o menores, en los términos que regula.
Imagina que una empresa cambia colores y pantallas de una herramienta y, en otro trabajo, investiga una forma de resolver una limitación técnica de rendimiento. Es un supuesto ilustrativo. No hay que reunir ambos trabajos bajo la etiqueta innovación: cada uno necesita su descripción y contraste.
También deben distinguirse producción, mantenimiento, formación y comercialización. Que resulten necesarios para llevar el producto al mercado no significa que toda esa actividad forme parte del incentivo.
Si la memoria utiliza I+D e innovación como sinónimos, puedes revisar con Alexis qué trabajo debe describirse y qué preguntas técnicas siguen sin respuesta. Lleva pruebas y antecedentes, además del resumen comercial.
| Dato | Qué no demuestra por sí solo |
|---|---|
| Novedad para la empresa | Novedad científica o tecnológica significativa |
| Compra de tecnología | Calificación automática del proyecto completo |
| Prototipo | Cumplimiento de sus condiciones legales |
| Éxito comercial | Actividad incentivada ni base del gasto |
Relaciona pruebas y resultados con cada fase
Ordena lo que se hizo y las evidencias que permiten comprobarlo: ensayos, versiones, diseños, resultados y decisiones. Explica las alternativas descartadas y lo que se aprendió cuando no se consiguió el objetivo inicial.
Evita medir la novedad solo por la satisfacción del cliente o por las ventas. Son datos de negocio, pero no sustituyen la explicación científica o tecnológica del trabajo.
Si colaboran varias entidades, distingue sus tareas y resultados. Una memoria común debe poder explicar quién realizó cada actividad, sin atribuir a todos los participantes lo ejecutado por uno solo.
Revisa gastos y documentación después de delimitar la actividad
Las bases de I+D e innovación tecnológica no son intercambiables. La segunda tiene conceptos de gasto específicos y ambas exigen atender a relación, aplicación efectiva e individualización, con las condiciones del artículo 35.
Relaciona costes con la parte del trabajo a la que corresponden. Una calificación de la actividad no justifica introducir todas las partidas del presupuesto, ni el coste de desarrollar algo demuestra por sí solo su naturaleza técnica.
El artículo 35.4 contempla informe motivado, consultas y acuerdos previos de valoración dentro de sus mecanismos de aplicación e interpretación. Examina cuál responde a la duda existente y el alcance de cada documento.
La conclusión debe identificar qué está acreditado y qué necesita valoración especializada. Describe la actividad como fue, aunque obligue a revisar la simulación que se preparó antes de conocer los hechos.
Consulta la guía fiscal de Taxea para situar el incentivo en las obligaciones de la empresa.
Antes de presentar la memoria, habla con Alexis para distinguir actividad técnica, tareas ordinarias y costes que requieren revisión. La calificación debe apoyarse en trabajo y evidencias concretos.


