¿Qué puedes preparar ya para la factura electrónica B2B? Empieza por tus datos de clientes, el circuito de emisión y recepción y la relación con cobros y contabilidad. El desarrollo normativo ya incluye la Orden HAC/1028/2026 sobre la solución pública: no conviene seguir tratando el calendario como si faltara por completo ese paso.
Prepararse no consiste solo en comprar un programa. Necesitas saber qué operaciones entran en el sistema, qué información intercambiarás y cómo evitarás duplicidades. Separa esta obligación de otras reglas sobre los sistemas informáticos de facturación antes de decidir fechas y herramientas.
Comprueba qué operaciones de tu negocio entran
El artículo 3 del Real Decreto 238/2026 delimita la factura electrónica entre empresarios y profesionales por el destinatario y su sede, establecimiento o domicilio en España, en los términos que establece.
Identifica a quién facturas y de quién recibes facturas. Separa consumidores, clientes empresariales y operaciones que necesitan revisar sus condiciones específicas. No clasifiques todo el archivo como B2B por el mero hecho de que lo emita una empresa.
El artículo 4 recoge excepciones, incluidas las relativas a determinadas facturas simplificadas. Comprueba el supuesto concreto y no conviertas cualquier ticket o factura en una exclusión general.
Utiliza el calendario normativo correspondiente
La disposición final cuarta del real decreto difiere la aplicación efectiva a doce meses desde la entrada en vigor de la orden para quienes excedan de ocho millones de euros de volumen de operaciones en el año anterior, y a veinticuatro meses para el resto.
La disposición final única de la Orden HAC/1028/2026 establece la entrada en vigor al día siguiente de su publicación e inicia el cómputo de esos plazos.
Revisa en qué grupo estás y las particularidades que puedan corresponder. No utilices la cifra de cobros bancarios como sustituto automático del volumen de operaciones definido por la norma.
Ordena los datos que viajan en la factura
Revisa identificación fiscal, denominación, direcciones y referencias que necesites para enviar y recibir los documentos. Un cliente duplicado o una razón social antigua puede provocar incidencias aunque el nuevo formato funcione.
El artículo 6 del Reglamento de facturación regula el contenido de la factura completa. La migración debe conservar los datos que correspondan y describir bien las operaciones, además de cumplir los requisitos del nuevo intercambio.
Identifica quién puede cambiar las fichas y cómo se valida una modificación. Así no dependes de que cada empleado recuerde qué dirección o código de cliente es el correcto.
Decide cómo emitir, recibir y registrar
El artículo 5 del real decreto permite utilizar plataformas privadas, la solución pública o una combinación de ambas vías.
Compara cómo encaja cada opción con tu volumen de documentos y tu contabilidad. Pregunta por recepción, interconexión, conservación y gestión de incidencias, además del envío.
Si ya trabajas con una aplicación, pide una explicación concreta de su adaptación. Una promesa comercial de cumplimiento no sustituye saber qué prestaciones estarán disponibles y cómo podrás extraer tus documentos.
Prueba el recorrido completo antes de sustituirlo
Ensaya una factura desde su creación hasta la recepción, registro y relación con el pago. Incluye una rectificación y una incidencia de datos para comprobar qué hace cada persona cuando algo falla.
Utiliza pruebas identificadas y evita que se registren dos veces como operaciones reales. Comprueba también qué ocurre con una factura recibida que ya estaba incorporada a la contabilidad.
Imagina una pyme que envía correctamente un documento, pero lo vuelve a contabilizar al recibir su copia por otro canal. Es un supuesto ilustrativo: la adaptación técnica funciona y el procedimiento interno todavía necesita corregirse.
| Parte del trabajo | Qué debe quedar resuelto |
|---|---|
| Emisión | Datos, formato, envío y rectificación |
| Recepción | Canal, identificación y duplicidades |
| Contabilidad | Registro y relación con el documento |
| Cobros | Información de pago y diferencias |
| Salida de la herramienta | Consulta y extracción de documentos |
Prepara una transición con responsables claros
Elige quién controla datos maestros, quién emite y quién resuelve las discrepancias con clientes y proveedores. No hace falta una organización compleja, pero esas tareas deben tener una respuesta.
Conserva el acceso a documentos anteriores y comprueba cómo se consultarán después del cambio. La nueva herramienta no debe dejarte sin la información que necesitas para explicar una operación pasada.
Revisa el calendario y el alcance legal al cerrar la implantación. La preparación útil combina la norma vigente, las funciones reales del sistema y una prueba del trabajo cotidiano.
La guía fiscal de Taxea sitúa la facturación junto con el resto de obligaciones de la empresa.
Para preparar una adaptación concreta, consulta con Alexis qué necesitas cambiar en emisión, recepción y contabilidad antes de implantar la solución elegida.
Fuentes oficiales
- BOE-A-2026-7295 Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, por el que se desarrolla el sistema de facturación electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales y por el que se modifica el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
- BOE-A-2026-20587 Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, por la que se regula la solución pública de facturación electrónica, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición final tercera del Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, por el que se desarrolla el sistema de facturación electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales y por el que se modifica el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
- BOE-A-2012-14696 Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.


