Imagina este supuesto ilustrativo: al entregar otro pedido, tu cliente devuelve los envases que le facturaste antes. ¿Puedes descontar los envases devueltos en esa factura? Sí, si se cumplen las condiciones de esa vía: devolución con ocasión del nuevo suministro, mismo destinatario, factura por la entrega anterior y mismo tipo de IVA en todas las operaciones.
No es un descuento comercial que puedas aplicar a cualquier compra futura. Conviene comprobar esas condiciones antes de elegir entre reflejar la devolución en el nuevo suministro o tramitar la rectificación por otra vía. Incluso un saldo negativo puede encajar: lo decisivo no es que la factura termine a cobrar.
El descuento necesita un nuevo suministro
La AEAT incluye la devolución de envases y embalajes entre las circunstancias que dan lugar a modificar la base imponible del IVA. Aquí la pregunta es cómo documentar esa devolución cuando coincide con otra entrega al cliente.
El artículo 15.2 del Reglamento de facturación permite restar los envases y embalajes devueltos del importe de un suministro posterior cuando la devolución se realiza con ocasión de ese suministro y se había emitido factura por la entrega anterior.
Por eso, empieza por situar la devolución. ¿El cliente entrega los envases al recibir otra mercancía o únicamente anuncia que los devolverá? Una previsión por teléfono no te permite tratar como realizada una devolución que todavía no ha ocurrido.
Localiza también la factura de la entrega anterior. La regla contempla unos envases que se facturaron, no cualquier caja que aparezca en el almacén. Si el cliente devuelve materiales de procedencia dudosa o cantidades que no reconoces, aclara esa diferencia antes de descontarlos.
El destinatario y el tipo de IVA tienen que coincidir
La norma exige el mismo destinatario y el mismo tipo impositivo en todas las operaciones para utilizar esta forma de rectificación. Revisa quién figura en cada factura: pertenecer al mismo grupo comercial o tener el mismo contacto de compras no convierte a dos sociedades en un solo destinatario.
| Condición | Qué contrastar | Si no coincide |
|---|---|---|
| Hay un suministro posterior | La devolución ocurre con ocasión de esa entrega | No apliques esta vía por una compra futura todavía incierta |
| La entrega anterior se facturó | Factura y envases que ahora vuelven | Aclara el origen antes de descontar |
| El destinatario es el mismo | Identidad de la persona o entidad de ambas operaciones | No compenses entre destinatarios distintos con esta regla |
| El tipo impositivo es el mismo | Tipo aplicable a todas las operaciones afectadas | Revisa el tratamiento fuera de esta excepción |
Si la devolución mezcla envases o mercancías con tratamientos distintos, no los agrupes bajo una sola etiqueta para que la tabla parezca cumplida. Primero hay que identificar las operaciones afectadas. Una diferencia sin aclarar no equivale a confirmar que el tipo coincide.
El saldo puede quedar a favor del cliente
En este supuesto ilustrativo, el cliente devuelve envases cuyo importe supera el del nuevo suministro. Ambas operaciones son para el mismo destinatario, tienen el mismo tipo de IVA y los envases proceden de una entrega facturada. La devolución se realiza al entregar el nuevo pedido.
El razonamiento no consiste en limitar el descuento a lo que cuesta el pedido nuevo: primero se comprueba que la devolución cumple todas las condiciones de la regla. El propio artículo 15.2 permite esta rectificación aunque el resultado de la factura posterior sea positivo o negativo.
El resultado puede ser una factura con saldo negativo que refleja ambas operaciones, sin inventar una compra adicional ni dejar parte de los envases fuera del documento. Cómo se pague o compense ese saldo es una cuestión posterior que debe quedar clara entre las partes; el signo de la factura no demuestra que ya se haya reembolsado.
Haz visible qué envases han vuelto
Para que la factura se entienda, describe por separado el nuevo suministro y los envases descontados. Como control práctico, relaciona esa anotación con la factura de origen y el albarán de devolución. Así puedes explicar el importe sin depender de que alguien recuerde la conversación con el repartidor.
Comprueba cantidades aceptadas, valor aplicado y correspondencia con la entrega anterior. Si hay envases dañados o una discusión sobre cuántos se han recibido, resuelve esa diferencia con los documentos del negocio. Esta regla de facturación no decide por sí sola una controversia comercial.
Puedes revisar con Alexis si esta devolución de envases encaja en la factura del nuevo suministro, con los documentos de ambas entregas delante.
Si falta una condición, revisa la vía rectificativa
Que no puedas utilizar esta excepción no hace desaparecer la devolución. Revisa el tratamiento que corresponda según sus circunstancias. Para la factura rectificativa, el artículo 15.4 establece como regla la emisión de una nueva factura con los datos identificativos de la rectificada.
Antes de emitirla, comprueba si ya se expidió un abono por esos mismos envases. Descontarlos otra vez en el siguiente suministro duplicaría su efecto en el control del cliente. Conserva los documentos anteriores y corrige la secuencia real, sin borrar la entrega que originó la devolución.
La diferencia entre IVA repercutido y soportado ayuda a situar el registro del negocio. Si la duda está en estos envases, puedes consultar con Alexis cómo reflejar los envases devueltos sin duplicar el abono.
Fuentes oficiales
AEAT: causas de rectificación y requisitos de las facturas rectificativas.


