¿Todo lo que cuesta un proyecto entra en la base de la deducción por I+D+i? No. El presupuesto sirve para planificar; la base se calcula revisando la actividad, el gasto real, su período y las condiciones del artículo 35 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
Además, I+D e innovación tecnológica tienen reglas diferentes. Antes de sumar nóminas, facturas o amortizaciones, identifica qué trabajo justifican y cómo evitas contar dos veces una misma partida. El nombre de la cuenta o del proveedor no resuelve esa comprobación.
Delimita la actividad antes de elegir los gastos
Parte de lo que se hizo: objetivo técnico, punto de partida, tareas y resultados. Distingue investigación y desarrollo, innovación tecnológica y trabajo ordinario. Un proyecto comercial puede contener actuaciones de distinto tipo que necesitan separarse.
El artículo 35.3 excluye, entre otras actividades, mejoras rutinarias, cambios estéticos o menores y determinadas actuaciones de producción y comercialización. La existencia de un equipo técnico no convierte sus tareas de mantenimiento o venta en actividad elegible.
Si una factura agrupa diseño, pruebas y asistencia posterior, solicita detalle suficiente para entender cada prestación. No atribuyas todo el importe al incentivo por la presencia de una tarea de investigación en el encargo.
Construye el detalle desde los costes ejecutados
Para los gastos de I+D, el artículo 35.1.b exige relación directa con la actividad, aplicación efectiva e individualización por proyectos, e incluye las amortizaciones de bienes afectos en los términos legales.
Reúne el coste incurrido y su soporte, no solo el precio presupuestado. Relaciona personal con tareas realizadas, facturas con prestaciones y activos con su uso. Si una persona o un equipo trabaja también para la actividad ordinaria, explica la parte atribuida al proyecto con un criterio comprobable.
Imagina un equipo utilizado para pruebas de un proyecto y para encargos habituales. Es un supuesto ilustrativo. El coste del activo completo y la amortización imputable a sus usos no son la misma partida. Revisa el tratamiento correspondiente antes de añadir ambos importes a una hoja.
Revisa por separado innovación tecnológica e inversión
La base de innovación tecnológica del artículo 35.2.b se refiere a conceptos concretos: diagnóstico tecnológico, diseño industrial e ingeniería de procesos, adquisición de determinada tecnología y obtención de ciertos certificados, con sus condiciones.
Eso impide trasladar sin más la lista de gastos de I+D a un proyecto calificado como innovación tecnológica. Para cada partida, comprueba el concepto legal y el trabajo al que corresponde, además de su justificación.
En I+D, la ley distingue gastos e inversiones y contempla requisitos específicos para la inversión incentivada. No confundas amortizar un activo con incluir su adquisición en cualquier modalidad ni utilices la misma fórmula para las dos categorías.
Si la hoja mezcla gastos, inversión e innovación tecnológica, puedes revisar con Alexis cómo clasificar sus partidas antes de calcular la deducción. Aporta el detalle contable y técnico.
| Partida | Comprobación antes de sumarla |
|---|---|
| Personal | Trabajo efectivo y dedicación atribuida |
| Equipo | Uso, amortización o inversión y régimen aplicable |
| Servicio externo | Actividad encargada, prestación y sujeto del incentivo |
| Ayuda | Finalidad e imputación para el ajuste de la base |
Busca duplicidades, ayudas y encargos compartidos
Comprueba que una nómina no figure a la vez como coste directo y dentro de una factura o reparto interno que ya la incorpora. Haz lo mismo con viajes, materiales y servicios agrupados. Una conciliación debe explicar la composición del coste, no multiplicarlo por el número de documentos.
El artículo 35 prevé minorar la base por las subvenciones para estas actividades imputables como ingreso del período impositivo. Identifica la ayuda, su finalidad y su imputación; no trates cualquier financiación como si fuera la misma clase de subvención.
Cuando hay trabajos encargados a otra entidad, analiza el contrato, la ejecución y quién pretende aplicar el incentivo. Pagar una colaboración o ejecutar un encargo no permite concluir, de forma aislada, que ambas entidades pueden utilizar la misma base.
Concilia el resultado y explica lo que queda fuera
La hoja final debe poder enlazarse con contabilidad y documentación de ejecución. Mantén visibles ajustes por período, conceptos no incluidos, repartos y subvenciones. Así se puede comprobar por qué el total fiscal difiere del coste económico del proyecto.
Revisa también el ámbito territorial que exige el artículo 35 para los trabajos y encargos. La dirección comercial del proveedor no acredita por sí sola dónde se realizó una actividad.
La AEAT distingue informe motivado, consulta y acuerdo previo de valoración en la aplicación del incentivo. Un documento favorable debe leerse por su alcance; no reemplaza la comprobación de todos los costes que se hayan añadido después.
Si una partida sigue sin soporte o sin clasificación clara, conserva su situación pendiente en el análisis. Cerrar una suma no resuelve la duda técnica ni fiscal que contiene.
La guía fiscal del negocio ayuda a ordenar otras obligaciones que coinciden con el proyecto.
Para comprobar una base concreta, consulta con Alexis las partidas, los repartos y los ajustes que separan el presupuesto de la deducción. La revisión debe seguir cada coste hasta su actividad.


