Una auditoría inicial y seguimiento recurrente dentro del mismo servicio en el IAE debe describirse por lo que se hace y entrega. Para ordenar diagnóstico y seguimiento en una actividad autónoma, separa acceso a información, análisis, informe, implantación y revisiones. Un servicio recurrente después de una auditoría puede continuar el mismo resultado o incorporar otra prestación; la etiqueta comercial no decide esa diferencia.
| Elemento | Qué comprobar | Evidencia |
|---|---|---|
| Diagnóstico | Datos y alcance | Brief y accesos |
| Análisis | Trabajo realizado | Papeles de trabajo |
| Entrega inicial | Resultado y límites | Informe o sesión |
| Seguimiento | Frecuencia y decisiones | Actas y tareas |
| Facturación | Hitos y periodicidad | Contrato y facturas |
Describe el objeto de cada fase
Copia del contrato el problema, el resultado esperado y los límites. Para la fase inicial, identifica información recibida, comprobaciones y entregable. Para el seguimiento, enumera revisiones, alertas, reuniones y cambios que se ejecutan realmente. Evita sustituir esa descripción por palabras amplias como consultoría o acompañamiento.
Distingue una revisión del estado de una nueva implantación. Si cada reunión puede abrir un proyecto distinto, registra la decisión y el alcance adicional. Si el seguimiento solo comprueba métricas previamente definidas, conserva ese protocolo. Las diferencias materiales deben verse en documentos y no solo en el precio.
Relaciona responsabilidad, medios y destinatario
Indica quién recopila datos, quién decide, quién ejecuta cambios y quién recibe el resultado. Una auditoría puede terminar en recomendaciones, mientras otro servicio incorpora ejecución. Si intervienen colaboradores, separa su tarea de la responsabilidad asumida frente al cliente.
Registra herramientas, accesos y materiales utilizados en cada fase. El mismo panel puede apoyar diagnóstico y seguimiento, pero eso no convierte ambas actividades en idénticas. La descripción censal debe partir del trabajo real y contrastarse con las tarifas e instrucción oficiales antes de elegir una clasificación.
Concilia periodicidad y facturación
Construye una línea temporal con fecha de inicio, entrega inicial, periodos de seguimiento, renovaciones y cierre. Compara esa secuencia con presupuesto y facturas. Una cuota recurrente puede incluir disponibilidad además de reuniones; documenta qué estaba incluido y qué se prestó sin fabricar actividad en meses sin eventos.
Si el cliente pausa el seguimiento, conserva la suspensión y el efecto contractual. Diferencia una reducción temporal de una cancelación. Cuando se reactive, registra si continúa el expediente anterior o comienza un nuevo diagnóstico.
Prepara una consulta que pueda resolverse
Resume prestaciones en verbos y resultados verificables, frecuencia, destinatario, medios y responsabilidad. Añade muestras de entregables sin exponer datos del cliente. El Real Decreto Legislativo 1175/1990 aprueba las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas, pero no sustituye la descripción factual del caso.
Ejemplo hipotético: una profesional entrega un diagnóstico, configura un tablero y después revisa incidencias mensuales. La ficha separa análisis, implantación y seguimiento, con evidencias y facturación. La revisión del IAE puede valorar ese conjunto sin asumir que la palabra auditoría o la cuota mensual resuelve la clasificación.
Control de cierre del expediente
Antes de dar la revisión por terminada, comprueba de nuevo diagnóstico, análisis, entrega inicial, seguimiento, facturación. Cada elemento debe apuntar a un documento, una fecha y una persona o sistema responsable. Conserva las discrepancias visibles, identifica qué dato procede del contrato y cuál de un registro posterior, y evita reemplazar un original por una tabla interna. Si una prueba no está disponible, anota el punto exacto y la acción necesaria para recuperarla.
El control está pensado para profesional que vende un diagnóstico inicial y revisiones posteriores dentro de un paquete. Su finalidad es resolver este problema concreto: necesita describir prestaciones reales antes de revisar su encaje en el iae. Otra persona debe poder reconstruir la secuencia con los mismos documentos y llegar a los mismos hechos, aunque la conclusión fiscal individual continúe pendiente. Ese criterio de reproducibilidad evita convertir una suposición cómoda en un dato cerrado.
Alcance de la fuente oficial
El Real Decreto Legislativo 1175/1990 aprueba las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.
La fuente establece el marco general indicado. No transforma esta guía documental en una decisión fiscal individual ni resuelve excepciones, fechas, territorios, contratos o tratamientos que dependan de hechos adicionales.
Lecturas relacionadas y siguiente paso
Consulta también el contenido pilar del clúster y la guía sobre servicio principal con mantenimiento posterior. Ambos destinos son públicos y aportan contexto distinto.
Si necesitas contrastar el expediente antes de presentar, corregir o registrar información, puedes Quiero revisar las fases de mi servicio.
Fuentes oficiales
Contenido informativo y general. La aplicación concreta depende de la actividad, el territorio, los documentos y las circunstancias de cada contribuyente.

